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    Habilitaron padrón para elecciones de BPS

    PorQuinto Elemento

    Oct 19, 2026

    La Corte Electoral habilitó este lunes la consulta del padrón definitivo para las elecciones de directores sociales del Banco de Previsión Social (BPS), que tendrán lugar el próximo 22 de noviembre.

    Los ciudadanos podrán conocer dónde les corresponde votar, si están habilitados para participar y a cuál de los tres órdenes de votación pertenecen.

    La búsqueda se realiza a través de la página web de la Corte Electoral, donde se puede ingresar el número de credencial cívica, la cédula de identidad o el nombre y apellido.

    El organismo aclaró que, en caso de no obtener resultados mediante alguno de los dos documentos, se recomienda intentar la búsqueda por nombre y apellido.

    En esta instancia se elegirán los representantes de trabajadores, jubilados y pensionistas y empresarios que integrarán el directorio del BPS. Una particularidad de estos comicios es que una misma persona puede pertenecer a más de un orden y, en consecuencia, deberá votar en cada uno de ellos.

    El sufragio es secreto, personal y obligatorio, aunque existen excepciones. Entre quienes no están obligados a votar se encuentran los mayores de 75 años y los titulares de prestaciones por incapacidad, con las condiciones establecidas por el BPS.

    Para quienes deban sufragar, la ausencia sin una justificación válida implica el pago de una multa. En el caso de los trabajadores y pasivos, el monto es de $ 1.900, equivalente a una unidad reajustable (UR).

    La sanción aumenta a $ 3.800 (2 UR) para funcionarios públicos y profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (Udelar).

    En tanto, las empresas tendrán multas de acuerdo con la cantidad de trabajadores que empleen. Los montos van desde $ 11.400 (6 UR) para aquellas con hasta diez empleados, hasta $ 38.000 (20 UR) para las que superen los 50. Para las que tengan entre 11 y 50 trabajadores, la sanción será de $ 22.800 (12 UR).

    La Corte Electoral también prevé la posibilidad de justificar la no emisión del voto por motivos de salud, fuerza mayor, ausencia del país o residencia en un departamento diferente al que corresponde sufragar. Cada una de estas situaciones deberá acreditarse mediante la documentación correspondiente.

    El trámite se podrá realizar mediante un formulario en la web del organismo después de la elección. El plazo general vencerá el 21 de enero de 2027, mientras que quienes estén fuera del país el día de la votación dispondrán de 60 días desde su regreso a Uruguay para justificar la ausencia.