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    Proponen que se graben cirugías y áreas “críticas” de salud

    PorQuinto Elemento

    Jun 16, 2026

    El senador del Partido Colorado Pedro Bordaberry presentó un proyecto de ley para que las cirugías y áreas críticas de salud tengan registro obligatorio de audio y video.

    La iniciativa declara, pues, “obligatorio” el uso de “dispositivos de registro de audio y video” en los bloques quirúrgicos del país, tanto públicos como privados. Dichos dispositivos “tendrán por objeto registrar en forma íntegra y continua la totalidad de las acciones, procedimientos e intervenciones que se lleven a cabo desde el ingreso del paciente al área quirúrgica hasta su traslado a la sala de recuperación o área de destino posterior a la intervención”, indica el primer artículo del proyecto.

    Quedan comprendidos en la obligatoriedad actos como anestesia y “todos los procedimientos conexos” que se realicen en el ámbito del block quirúrgico. Sin embargo, Bordaberry sugiere que el Poder Ejecutivo pueda “extender” la obligatoriedad a otras áreas o servicios de salud “donde la complejidad o riesgo de los procedimientos así lo aconseje”. Esto implica salas de emergencia, unidades de cuidado intensivo, hemodinamia, endoscopías de alto riesgo y procedimientos intervencionistas en general, acota el senador.

    A su vez, los dispositivos deberán tener “estándares técnicos de calidad suficientes para asegurar la nitidez de la imagen y la claridad del audio” que “permitan la identificación inequívoca” de quien realiza el procedimiento, así como también de los instrumentos empleados. Estas grabaciones deberán ser conservadas de forma “íntegra” por las instituciones prestadoras de salud, continúa el proyecto de ley.

    “Los plazos mínimos de conservación, los formatos digitales y los mecanismos de custodia serán determinados en la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, sin que puedan ser inferiores a los plazos de conservación previstos para la Historia Clinica por la normativa vigente, atendiendo al tipo de procedimiento, el estado clínico del paciente y los plazos de prescripción aplicables en materia de responsabilidad civil y penal”, insiste Bordaberry en el documento.

    No obstante, en los casos donde el paciente “hubiera fallecido durante la intervención o en el período posoperatorio inmediato”, o en casos donde “se hubiera producido un agravamiento grave, irreversible o inesperado del estado de salud”, los registros deberán ser conservados por un plazo mínimo de 10 años desde la fecha del procedimiento quirúrgico.

    A entender del legislador, la necesidad de esta reforma “no responde únicamente a casos de mala praxis”, sino a “una demanda de transparencia inherente a la naturaleza del acto quirúrgico”.

    “El paciente que se somete a una operación, bajo anestesia, en estado de absoluta vulnerabilidad, confía su vida y su integridad física a personas y sistemas cuyo funcionamiento no puede controlar ni verificar por sí mismo. Esa asimetría radical entre el paciente y el sistema de salud que lo asiste justifica que el Estado establezca mecanismos de registro que restituyan, siquiera indirectamente, una forma de control ciudadano sobre un acto de tal trascendencia”, argumenta el senador en la exposición de motivos.

    Asimismo, añade que el proyecto también fue concebido en función de los profesionales de la salud, quienes “tienen un interés legítimo” en que el registro audiovisual exista.

    “La existencia del registro protege al buen profesional tanto como controla al negligente. Es, en suma, una herramienta que sirve a la transparencia, no un instrumento de persecución”, concluye el colorado.