El abogado Dr. Ignacio Supparo expuso un caso personal que refleja las falencias del sistema anterior de controles de alcoholemia y, al mismo tiempo, contextualiza los recientes cambios normativos que buscan garantizar los derechos de los conductores, el relato se remonta a julio de 2023, cuando se le retiró la libreta de conducir y el vehículo injustamente, tras un control que arrojó resultado positivo en espirometría, claramente equivocado. Sin embargo, según explicó, el dispositivo presentaba fallas, lo que motivó la realización de un análisis de sangre que finalmente dio negativo, comprobando la ausencia de alcohol en el organismo. A pesar de ello, el vehículo no le fue devuelto de inmediato, iniciándose un proceso legal que se extendió durante meses, a partir de esta experiencia, Supparo subrayó la importancia de respetar las garantías en los procedimientos administrativos. En ese sentido, recordó que diversos fallos de la Suprema Corte de Justicia han establecido que no se puede sancionar sin respetar el debido proceso. Además, enfatizó que las infracciones de tránsito son personales, por lo que no corresponde castigar al vehículo como si fuera el infractor.
El sistema anterior, según el abogado, tenía un carácter marcadamente recaudatorio, permitiendo la incautación de vehículos y la aplicación de multas inmediatas sin instancias reales de defensa. Esta situación fue objeto de múltiples cuestionamientos judiciales, incluyendo resoluciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que declararon nulos varios de estos procedimientos, en este contexto, la reciente aprobación de un nuevo decreto por parte de la Junta Departamental introduce cambios significativos. Entre ellos, se destaca la eliminación de la incautación del vehículo en casos de espirometría positiva. Ahora, el conductor es considerado un “presunto infractor” y se aplican medidas precautorias, como la retención de la licencia, pero sin que esto implique una sanción definitiva.
El nuevo procedimiento también contempla la posibilidad de que el conductor presente pruebas, como un análisis de sangre, en caso de discrepancia con el resultado del espirómetro. Si se comprueba un error, la retención queda sin efecto. Asimismo, se establece que, en caso de infracción, el vehículo no será retenido y podrá ser retirado por otra persona en un breve plazo, sin costos adicionales, Supparo destacó que estos cambios buscan alinearse con el Estado de Derecho y dejar atrás prácticas que priorizaban la recaudación por sobre las garantías constitucionales. En el sistema anterior, estos procedimientos generaban ingresos millonarios mensuales, lo que, según señaló, evidenciaba un enfoque más económico que preventivo, desde una perspectiva más amplia, el abogado cuestionó la efectividad de las sanciones severas como mecanismo para reducir los siniestros de tránsito. Indicó que las cifras de lesionados y fallecidos se han mantenido relativamente estables, lo que sugiere la necesidad de apostar por la educación vial y un cambio cultural, en lugar de basarse exclusivamente en castigos.
Finalmente, hizo un llamado a los conductores a informarse y ejercer sus derechos, recomendando recurrir a asesoramiento legal en caso de situaciones similares. También advirtió que las sanciones continúan vigentes y que las reincidencias implican mayores penalizaciones, el caso de Supparo no solo evidencia las debilidades del sistema anterior, sino que también funciona como un antecedente relevante en la construcción de un modelo más justo, donde la seguridad vial y el respeto por los derechos individuales puedan coexistir.

