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    Brasil impone 30 años de prisión a torturador uruguayo radicado “a pasos” de Rivera

    PorQuinto Elemento

    Oct 27, 2026

    La Justicia brasileña conmutó este lunes por 30 años de prisión la cadena perpetua impuesta por un tribunal italiano a un exmilitar del Ejército uruguayo por cuatro homicidios cometidos en Argentina durante la Operación Cóndor en los años 70, por lo que cumplirá la condena en Brasil, cuya nacionalidad posee.

    Pedro Antonio Narbondo Mato, de 85 años, fue condenado en 2021 por su participación en los homicidios agravados de cuatro ciudadanos italianos cometidos durante la dictadura militar argentina en junio de 1976, pero actualmente reside en el municipio brasileño de Santana do Livramento, en el estado de Río Grande del Sur.

    Fue militar durante la Operación Cóndor, que estableció una coordinación clandestina entre las dictaduras de América del Sur con la finalidad de realizar operaciones conjuntas para perseguir, secuestrar, torturar y eliminar a opositores políticos.

    La Corte Especial del Tribunal Superior de Justicia de Brasil ratificó la sentencia del tribunal italiano y, al no existir la cadena perpetua en el país, la convirtió en el máximo previsto de 30 años de prisión, cuya ejecución comenzará de inmediato.

    Esta decisión sigue la solicitud del país europeo, que, consciente de que Narbondo es brasileño de nacimiento (nació en Uruguay, pero es hijo de una brasileña) y la Constitución brasileña prohíbe la extradición de ciudadanos brasileños de nacimiento, pidió que cumpliera condena en Brasil.

    En concreto, Narbondo fue condenado en 2021 (en ausencia) en Italia junto a otros represores de varios países de Sudamérica. Ahora, Narbondo cumplirá en Brasil la pena dictada en Italia.

    La defensa de Narbondo se amparaba en la Ley de Amnistía brasileña, que incluye los delitos políticos cometidos entre 1961 y 1979 y que impediría exigir responsabilidades al antiguo integrante del Ejército uruguayo.

    El magistrado Sebastião Reis Júnior explicó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos considera inadmisibles las disposiciones de amnistía y prescripción destinadas a impedir que se exijan responsabilidades por graves violaciones de los derechos humanos, como la tortura, las ejecuciones y las desapariciones forzadas.

    “La Convención Americana, al tener un rango superior al de la Ley de Amnistía, debe prevalecer”, afirmó el magistrado, según informó la agencia noticiosa EFE.

    La petición de la defensa para que Pedro Narbondo cumpla la pena en arresto domiciliario, debido a su avanzada edad y a sus problemas de salud, deberá ser examinada por el tribunal responsable de la ejecución penal.

    Quién es Pedro Narbondo

    Pedro Antonio Narbondo Mato se encuentra prófugo de la Justicia uruguaya desde 2013. Ese año abandonó el país luego de que se dictaran medidas judiciales en su contra por graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura cívico-militar, entre ellas el asesinato bajo torturas del joven albañil Luis Batalla. En 2019, la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad reiteró el pedido de captura internacional.

    Durante el terrorismo de Estado, Narbondo fue señalado por numerosos testimonios como uno de los represores que participó en la tortura de varias personas secuestradas. Su responsabilidad en crímenes cometidos en el marco de la coordinación represiva regional también fue investigada fuera del país. Fue condenado a cadena perpetua por la Justicia italiana, junto a otros represores, en el proceso judicial sobre el Plan Cóndor, por su participación en la desaparición y homicidio de ciudadanos de origen italiano.

    Según publica la web de Sitios de la Memoria, Narbondo logró mantenerse fuera del alcance de la Justicia uruguaya, pese a estar requerido desde 2013. Reside en la ciudad brasileña de Santana do Livramento, en el estado de Río Grande del Sur, en la frontera con Uruguay. En 2019 fue visto en la ciudad de Rivera, donde concurrió a la Brigada de Caballería nº 1 y firmó, sin ninguna consecuencia, la documentación que le permitió continuar percibiendo su jubilación como militar retirado.