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    Robó en finca y marchó a la cárcel

    PorDaniel Caiazzo

    Abr 12, 2023

    Próximo a la hora 10:40 del día de ayer, mediante el servicio de emergencia 911 usuario hace saber que, le dieron aviso que de una finca que tiene en sucesión con familiares ubicada en avenida Benito Solarí a la altura del 1400, habría salido de su interior un desconocido con unas bolsas blancas al parecer con efectos producto de hurto dando la descripción del mismo, agregando que realizara la correspondiente denuncia de los hechos. De inmediato el Centro de Comando Unificado Departamental realiza las comunicaciones pertinentes a los efectos de alertar a móviles desplegados en zona Sur de la Ciudad, donde minutos más tarde personal perteneciente al PADO logran localizar e identificar en calles Orestes Lanza y Washingtón Beltrán a un masculino de 39 años de edad el que coincide con los datos aportados por el denunciante llevando consigo en las bolsas veinte pistones de diferentes vehículos. Se informo a Fiscalía quien dispuso: detención de dicha persona, labrarle acta de acuerdo con el Artículo Nº 61 del C.P.P., y que se lo indague a fin de ampliar en que chatarreria vendió lo restante hurtado, actas a víctima y a Policías actuantes.

    Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto se dispuso la condena de Y.P.O como autor responsable de un delito de hurto a la pena de 3 (tres) meses de prisión. Se concede el beneficio de libertad a prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado b. sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. presentación en la Seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 1 (un) mes. e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.-