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    Procesados por receptación y tráfico de estupefacientes

    PorDaniel Caiazzo

    Ago 14, 2020

    MINISTERIO DEL INTERIOR
    JEFATURA DE POLICÍA DE SALTO
    DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN TÁCTICA
    UNIDAD DE INVESTIGACIONES

    EVENTO:
    TITULO: TRÁFICO INTERNACIONAL ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y MAT. RELACIONADOS (LEY 19.247 ART 8)

    Una vez finalizadas las actuaciones en sede Judicial, mediante Oficio del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que por Sentencia del día de la fecha se condenó a:
    E D V N como autor responsable de un delito de Receptación en la redacción dada por el art. 9 de la LUC a la pena de 3 (tres) años de penitenciaría efectiva, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el Art. 105 Lit. e) del Código Penal.
    Oficio del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que por Sentencia Nº 245/2020 del día de la fecha se condenó a:
    B M S S como autor responsable de un delito de Receptación en la redacción dada por el Art. 9 de la LUC a la pena de 3 (tres) años y 3 (tres) meses de penitenciaria efectiva, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el art. 105 Lit. e) del Código Penal.
    Adolescente A A G A como autor responsable de una infracción grave a la Ley Penal tipificada como un delito de Receptación (Art. 9 LUC) debiendo cumplir la medida socio educativa no privativa de libertad del Art. 80 Lit. C del CNA, Orientación y apoyo mediante la incorporación a un programa socio educativo a cargo de INAU, debiendo concurrir al Proyecto Magone de la Obra Social Don Bosco por un plazo de 90 días.

    Oficio del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que por Sentencia Nº 246 del día de la fecha se condenó a:
    A A C d l S como autor responsable de un delito continuado de tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de negociación y depósito (Arts. 31, 35 bis y 36 del DL 14.294) a la pena de 4 (cuatro) años de penitenciaría efectiva con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el art. 105 Lit. e) del Código Penal.

    DIRECTOR DE INFORMACIÓN TÁCTICA
    COMISARIO MAYOR MIGUEL ANGEL MOREIRA MARTINEZ