• Mié. May 27th, 2026

    Quinto Elemento

    Tu portal de noticias

    Etiquetas principales

    Nuevos criterios para recetas de psicofármacos

    PorQuinto Elemento

    May 27, 2026

    El Ministerio de Salud Pública (MSP) recordó los nuevos criterios que deberán cumplir las recetas de psicofármacos sometidos a control especial y advirtió que la omisión de datos esenciales puede derivar en interrupciones de tratamientos crónicos, obligando a los pacientes a realizar nuevas consultas médicas.

    A través de un comunicado, la cartera señaló que la receta oficial será “el único instrumento válido” para la prescripción y dispensación de este tipo de medicamentos en el marco de lo dispuesto por el Decreto 66/026.

    Según explicó el MSP, las recetas deberán incluir de forma “clara, completa e inequívoca” información como la fecha de emisión, identificación del paciente, denominación genérica del fármaco, dosis diaria, intervalo interdosis, duración total del tratamiento y especialidad del médico prescriptor.

    La cartera subrayó, además, que “la receta debe permitir determinar inequívocamente la cantidad total a dispensar en el marco del tratamiento indicado”. En ese sentido, alertó que la falta de datos esenciales —especialmente la duración del tratamiento— “puede derivar en la interrupción de tratamientos crónicos y la necesidad de una nueva consulta médica”.

    El comunicado se difundió semanas después de la entrada en vigencia del Decreto 66/026, promulgado en marzo y publicado en abril, que amplió los plazos máximos de prescripción de algunos psicofármacos con el objetivo de facilitar el acceso a tratamientos prolongados.

    La normativa establece que las benzodiazepinas e hipnóticos no benzodiazepínicos podrán prescribirse hasta por 90 días, mientras que otros psicofármacos —como antidepresivos y antipsicóticos— podrán indicarse por hasta 180 días en una sola receta.

    De acuerdo con el MSP, la medida busca “mejorar el acceso de las personas a su medicación crónica, asegurar que nadie interrumpa su tratamiento y garantizar que los prestadores de salud respeten estos nuevos plazos máximos sin imponer barreras adicionales”.

    El decreto también dispone que las instituciones de salud no podrán fijar restricciones menores a las previstas en la normativa y que toda prescripción deberá mantenerse bajo “supervisión médica estricta”.