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    Formalización por lesiones personales

    PorDaniel Caiazzo

    May 14, 2019

    Finalizadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto, dispuso: Decretase la suspensión condicional del proceso por el termino de ciento veinte días, obligándose a C.D.O.F. formalizado por la comisión de UN DELITO DE LESIONES PERSONALES, a las siguientes obligaciones:

    a- fijar domicilio ante la Sede y Fiscalía cumpliendo con el denunciado en la comparecencia.

    b- prohibición de acercamiento a la víctima en un radio de 500 metros.

    c- obligación de presentación ante la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez por semana sin obligación de permanencia.

    d- no poseer ni portar armas, teniendo además la carga de comunicar al Fiscal cualquier inconveniente, causa de fuerza mayor o caso fortuito que dificulte o impida el cumplimiento del acuerdo.