El 22 de noviembre de 2026 se realizarán las elecciones sociales del Banco de Previsión Social (BPS), en las que se elegirán tres representantes sociales del directorio del organismo: uno por los jubilados y pensionistas, otro por los trabajadores activos y otro por las empresas contribuyentes.
El directorio del BPS está integrado, además, por cuatro miembros designados por el Poder Ejecutivo con venia del Senado. Estas elecciones definen quiénes representarán a los distintos sectores sociales dentro del organismo previsional.
Quiénes están obligados a votar
Según informó el director del BPS, Ariel Ferrari, deberán votar los jubilados y pensionistas, así como los trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026. También estarán obligadas a participar las empresas contribuyentes registradas ante el BPS a esa misma fecha y que se encuentren al día con sus obligaciones.
Sin embargo, existen excepciones. No podrán votar los contribuyentes de aportación civil, bancaria, notarial y profesional, ni tampoco los titulares de obras de construcción, empleadores de servicio doméstico y usuarios de determinados servicios. Las personas mayores de 75 años y quienes tengan discapacidad también quedarán exceptuadas de la obligación.
Cómo votan las empresas
Las empresas unipersonales deberán votar directamente a través de sus titulares. Las empresas pluripersonales o sociedades tendrán que designar un mandatario o apoderado que las represente en la elección. Ese mandato tendrá validez específica para las elecciones del BPS y permanecerá vigente hasta que sea revocado o sustituido. Las compañías que ya hayan designado mandatario en elecciones anteriores no necesitarán volver a hacerlo.
El plazo para registrar mandatarios vence el 15 de junio y el trámite podrá realizarse tanto por los servicios en línea del BPS como por WhatsApp oficial. Desde el BPS advirtieron que todavía quedan más de 110.000 mandatarios empresariales por registrar.
Qué pasa con los extranjeros habilitados
Los extranjeros que tengan derecho a voto y no cuenten con credencial cívica deberán registrarse para integrar el padrón electoral. Podrán votar utilizando su cédula de identidad según el domicilio declarado. El plazo para registrar domicilio también vence el 15 de junio.
Según informó Ferrari, existen alrededor de 100.000 extranjeros de 88 nacionalidades con derecho a sufragar en estos comicios: más de 70.000 trabajadores activos, más de 13.000 jubilados y pensionistas y más de 12.000 empresas unipersonales.
La multa por no votar
Las personas obligadas que no concurran a votar y no presenten una justificación deberán pagar una multa equivalente a una unidad reajustable, que actualmente ronda los $1.917. En el caso de las empresas, las sanciones serán mayores: si no designan mandatario o si el representante no concurre a votar, las multas podrán ser de seis, 12 o 20 unidades reajustables, dependiendo de la cantidad de trabajadores dependientes.
Cómo justificar el no voto
El BPS prevé distintas situaciones para justificar la ausencia y evitar sanciones: enfermedad, invalidez, imposibilidad física, razones de fuerza mayor, encontrarse fuera del país o vivir en otro departamento distinto al lugar de votación. La excepción vinculada al cambio de departamento no aplica para los mandatarios de empresas.
Qué sigue
La Corte Electoral deberá definir el padrón definitivo 120 días antes de la elección del 22 de noviembre. El foco inmediato estará en los plazos administrativos que vencen el 15 de junio, tanto para la designación de mandatarios de empresas como para la inscripción de extranjeros habilitados. La elección se desarrollará en un contexto de discusión sobre el sistema previsional y el funcionamiento del organismo, lo que vuelve especialmente relevante la integración social del directorio del BPS para los próximos años.

