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    ACUAMANÍA S.A ganó licitación : Hoy se vota la anuencia en Junta Departamental del Parque Acuático en Daymán por 25 años

    PorDaniel Caiazzo

    Sep 15, 2022

    Asunto:El Asunto número 479 de fecha 05 de setiembre de 2022: «l. de S.
    P/Of. 745/22, remite expediente Nº 2021/2017, caratulado: «Despacho
    Secretaria General referido a vencimiento contrato Acuamanra».
    RESULTANDO: 1) Que en virtud de la nonmativa correspondiente se
    realizaron las publicaciones correspondientes en tiempo y forma, y se le dio al
    llamado la difusión pertinente, todo de acuerdo a las directrices aplicables a la
    naturaleza de la presente Licitación.
    11) Que con fecha 31 de mayo del corriente se efectuó la
    apertura de las ofertas presentadas, a la cual se presentaron las empresas
    Matula S.AS., Techera Turismo S.AS., lvo Lima y Marcos Rodríguez S.R.L., y
    Acuamania S.A.
    111) Que por Resolución Nº 222 del 09/07/2021, Resolución
    Nº 202 del 14/06/2022 y Resolución Nº 245 del 21/07/2022 se designo a la
    Comisión Asesora Especial de Adjudicaciones.
    IV) Que estudiado el expediente por la Comisión Asesora
    Especial de Adjudicaciones designada a estos efectos, emite su informe del
    cual surge que se realizo el análisis final de las ofertas presentadas al referido
    llamado, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones,
    recomendando adjudicar el único item del llamado a la empresa ACUAMANIA
    S.A. por ser la oferta más conveniente para la administración.
    V) Que la oferta de ACUAMANIA S.A. consiste en una
    inversión inicial de U$S 1.737.378 y como contraprestación la Intendencia
    percibirá un canon mensual de 35 U.R. mas el 1,6 % de las entradas vendidas.
    Dicha oferta cumple con los requisitos requeridos en el Pliego de la Licitación
    Publica Nacional, para gestionar parque acuático en Termas del Daymán-Salto.
    VI) Que del informe de la Comisión Asesora Especial de
    Adjudicaciones se dio vista a todos los oferentes. En tiempo y forma la
    empresa TECHERA TURISMO S.AS. presenta sus descargos impugnando el
    informe de la Comisión.
    VII) Que atento a ello, la Comisión emite nuevo informe, con
    fecha 22/08/2022 evaluando los descargos presentados y manteniendo su
    informe anterior.
    VIII) Que el 24/08/2022 se produjo informe de Oficina
    Jurídica, que en su aspecto medular, remite al de la Comisión de
    Adjudicaciones y da cuenta de la regularidad del procedimiento licitatorio,
    sugiriendo proceder al dictado de la resolución de adjudicación.
    XI) Que corresponde acoger lo informado por la Comisión
    Asesora Especial de Adjudicaciones, que fuera avalado además por el informe
    jurídico y en definitiva, adjudicar la licitación a la empresa ACUAMANIA S.A
    por ser la oferta mas conveniente para la administración.
    CONSIDERANDO: 1) Que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la
    reglamentación aplicable y el Pliego de condiciones que rige el presente llamado,
    normas complementarias y modificativas.
    11) Que en virtud de lo expuesto en los informes de la
    Comisión de Adjudicaciones y de Oficina Jurídica, no se hará lugar por parte de la
    administración a lo peticionado por la empresa TECHERA TURISMO S.A.S.
    111) Que por el plazo de la contratación requiere la
    aprobación previa de la Corporación.
    ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y
    Reglamento y la solicitud de la anuencia respectiva de acuerdo al numeral 1 O del
    artículo 35 de la ley 9515.
    LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
    DECRETA:
    Artículo 1°.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de
    Salto, para adjudicar el único ítem de la Licitación Publica tramitada en
    expediente numero 2021-2017 para Gestionar Parque Acuático en Termas del
    Daymán-Salto, a la empresa ACUAMANIA S.A. por una inversión inicial de U$S
    1.737.378 (dólares estadounidenses un millón setecientos treinta y siete mil
    trescientos setenta y ocho) y la contraprestación mensual de 35 UR (treinta y
    cinco unidades reajustables) mas el 1,6 % de las entradas vendidas, todo de
    acuerdo al pliego licitatorio y a la propuesta realizada por dicha empresa, por
    un plazo de 25 años.