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Y la transparencia? Presidencia rechazó solicitud presentada por Ojeda para acceder a la denuncia penal contra Cardama

PorQuinto Elemento

Ene 8, 2026

A principios de noviembre, el senador del Partido Colorado (PC) Andrés Ojeda, abogado penalista, hizo una solicitud de acceso a la información pública para conocer el contenido de la denuncia penal elaborada por el Poder Ejecutivo. “Tomando en cuenta el grado de publicidad que el propio gobierno le asignó al tema, jamás podrá argumentar que dar a conocer el contenido de la denuncia puede tener efecto negativo alguno sobre la eficacia de la misma”, manifestó en ese momento el legislador del PC, quien, como “dato curioso”, añadió: “Debe ser este el único caso de alto perfil cuya denuncia no se ha filtrado en ningún medio de prensa”.

Este miércoles 7 de enero, a través de una resolución que lleva la firma de Sánchez, Presidencia rechazó el pedido de Ojeda. Bajo el amparo de la ley sobre el derecho de acceso a la información pública (18.381), el senador colorado había solicitado una copia íntegra de la denuncia penal, “incluyendo documentos anexos, estudios, informes y toda documentación complementaria incorporada a la presentación”, así como también un informe con “la fecha de presentación, autoridades y funcionarios que participaron en la elaboración, autorización y presentación de la denuncia”.

Ojeda también pidió acceder a “los expedientes administrativos que dieron origen a la decisión de denunciar, incluyendo actuaciones preparatorias, actuaciones sumariales si existieran, y cualquier otra documentación relacionada” y a “todos los informes jurídicos, técnicos, que fueron considerados para fundamentar la decisión de accionar penalmente”En la resolución de Presidencia se señala que la negativa tiene como base, entre otras cosas, el artículo 259 del Código del Proceso Penal, que establece que “las actuaciones de investigación preliminar llevadas a cabo” por la Fiscalía y por la autoridad administrativa “serán reservadas para los terceros ajenos al procedimiento”.

Asimismo, en la respuesta a Ojeda, el Poder Ejecutivo hace mención a dos dictámenes de la Unidad de Acceso a la Información Pública —uno de ellos emitido en el período pasado— en los que se sostiene que “el sujeto obligado puede reservar la información en sentido amplio que se encuentre en una carpeta investigativa, fundado en la normativa especial en materia de procedimiento penal”.

También se señala que en una reciente resolución de Presidencia, del 23 de diciembre de 2025, se clasificó como reservada “toda la información y documentación contenida y relacionada en la denuncia penal y posteriores ampliaciones formuladas por la Presidencia de la República ante la Fiscalía” vinculadas al acuerdo firmado entre el Estado uruguayo y la empresa española.

En definitiva, según la resolución del gobierno, “entregar la información peticionada haría incurrir a la Presidencia de la República en responsabilidad por violentar la reserva legal expresamente dispuesta por el Código del Proceso Penal y la reserva administrativa antes relacionada