La Justicia concluyó que «el derecho a la educación no se encuentra vulnerado» en el caso de padres de la comunidad religiosa menonita radicados en Florida que no mandan a sus hijos a una escuela en Uruguay, ya que los menores reciben clases desde el exterior.
La denuncia había sido presentada por el Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) en julio de 2024 y fue desestimada este martes por la jueza Noelia María Gutierrez Aguinaga, según confirmó El Observador.
La sentencia, informada en primera instancia por el diario El País, cita el artículo 127 de la Ley de Urgente Consideración del gobierno de Luis Lacalle Pou para argumentar el fallo.