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    ?Protocolo para: Comercio en gral., minorista de alimentación , Hoteles, Restaurantes y Bares

    PorDaniel Caiazzo

    Jun 27, 2020

    PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN DE COVID-19
    En Montevideo, a los quince días del mes de mayo de 2020 comparecen ante el Ministerio
    de Trabajo y Seguridad Social: la Federación de Empleados del Comercio y Servicios
    (FUECYS) representada por Favio Riveron C.I.: 3.393.174-1, la Cámara Nacional de
    Comercio y Servicios del Uruguay representada por Julio Lestido C.I.: 1.268.511-9, Grupo
    Centro representado por Federico Celsi Savoia C.I.: 2.014.829-0, Ministerio de Trabajo y
    de la Seguridad Social, representado por el Sr. Ministro de Trabajo, Dr. Pablo Mieres C.I.:
    1.584.520-5, Ministerio de Salud Pública representado por el Ministro de Salud Pública,
    Dr. Daniel Salinas y el Secretario de la Presidencia de la República, Dr. Alvaro Delegado;
    quienes hacen constar que han acordado el siguiente Protocolo:
    OBJETIVOS
    El presente protocolo tiene como objetivo dar a conocer las medidas de prevención para
    disminuir el riesgo de transmisión de este virus en las actividades comerciales,
    aplicándose, según identificación de actividades en Consejos de Salarios, para los
    Grupos 10 “Comercio en General”, Grupo 11 “Comercio minorista de la alimentación”,
    Grupo 12 “Hoteles, Restaurantes y Bares”, y Grupo 19 “Servicios profesionales, técnicos,
    especializados y aquellos no incluidos en otros grupos”.
    Este protocolo tiene la misión de mejorar y asegurar el desarrollo normal de las
    actividades comerciales durante la pandemia por el virus COVID-19 y es aplicable
    temporalmente hasta que pase la emergencia.
    MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE
    1.Disposiciones del establecimiento:
    Alcohol: se recomienda asegurar que todos los espacios de trabajo y de atención al
    cliente, donde permanezcan o circulen clientes, cuenten con dispositivos de dispensación
    de alcohol en gel .
    Distanciamiento: se exhorta mantener una distancia mínima de un metro y medio entre
    personas (ejemplo: en las cajas, mostradores, entre clientes, compañeros de trabajo,
    entre otros)
    Servicios higiénicos: se recomienda disponer de alcohol en gel, jabón líquido, papel de
    secado de un solo uso o secador de manos. Disponer de agua corriente en todos los
    artefactos. No se permite el uso de jabones en pastilla, ni toallas de tela. Esta medida
    aplica para todos los baños del establecimiento ya sea de uso de clientes o del personal.
    Se debe aumentar la frecuencia de higiene y desinfección de los baños.

    Admisión:
    Higiene: Se exhorta a que toda persona ya sea cliente, personal, proveedor, externa o
    interna a la empresa, deberá higienizarse las manos con alcohol en gel al momento del
    ingreso al local. El local proveerá el mismo en puntos visibles.
    Tapabocas: Se requiere el uso de tapabocas para el ingreso a los locales.
    Se recomienda utilización de cartelería al ingreso de los establecimientos que advierta del
    uso de dichos elementos de protección e higiene
    Higiene General:
    Se exhorte que la empresa o establecimiento, proporcione material desinfectante para la
    correcta limpieza de sus instalaciones y tomar los recaudos necesarios para mantenerlas
    desinfectadas (Por mayor información, consultar procedimiento de limpieza del
    MSP:https://www.gub.uy/ministerio-salud-
    publica/comunicacion/noticias/recomendaciones-para-reintegro-actividad-laboral-
    organismos-publicos-frente
    Para aquellos comercios o establecimientos que comercialicen vestimenta se sugiere, de
    ser posible, proceder a su desinfección luego del uso de la misma y/o manipulación por
    los clientes.
    Ventilación: Se recomienda ventilar adecuadamente y asegurar la renovación de aire .
    Residuos: Retiro de bolsas de residuos al 80% de la capacidad del contenedor y
    trasladarlos en recipientes cerrados. Tener especial precaución al desprenderse de los
    desechos, según las pautas de los gobiernos departamentales y del operador de
    residuos.
    Mantenimiento: Se sugiere profundizar mantenimiento de los filtros de aire acondicionado.
    2.Proveedores:
    Exigir a proveedores el uso de tapaboca para ingresar al local
    Se recomienda limitar el ingreso al lugar de producción, depósitos y lugares comunes.
    Se exhorta regular la circulación de varios proveedores al mismo tiempo, respetado
    siempre la distancia de un metro y medio entre las personas.
    3.Personal dependiente:
    Se recomienda asegurar que la distancia interpersonal (un metro y medio) se garantice en
    las zonas comunes y, en cualquier caso, deben evitarse aglomeraciones de personal en
    estos puntos.
    Tapabocas: es obligatorio el uso de tapabocas para todo el personal.
    En caso de usar guantes gestionar bien el uso, y lavarse las manos luego de quitárselos.
    Es mejor una desinfección de manos adecuada que un uso incorrecto de los

    guantes. Es de vital importancia además de la higiene de manos, evitar tocarse la nariz,
    ojos y boca.
    Ingreso a la jornada laboral: Obligatoriedad para todo el personal de lavarse las manos al
    momento de ingresar. Es fundamental el lavado de manos. Asimismo, se recomienda
    considerar, en establecimientos con alta circulación de personas, la incorporación de
    alfombras sanitarias en las entradas o lugares de alto tránsito.
    Celulares: Se sugiere en la medida de lo posible, limitar su uso . En caso que la actividad
    lo requiera, se recomienda desinfectarlo a diario con alcohol al 70 %, toallitas húmedas, o
    según la recomendación del fabricante. (NO sirve el alcohol en gel para esta
    desinfección). El uso de celulares durante la jornada laboral es uno de los principales
    vectores de contagio.
    Los trabajadores deberán ser conscientes que del trabajo a sus casas, la ropa, manos y el
    cabello puede contaminarse del virus, por lo que es fundamental, que hagan de su hogar
    el lugar con menos probabilidad de contraer COVID-19.
    Se recomienda a los trabajadores que cuando lleguen a sus casas, sigan las
    recomendaciones del Ministerio de Salud Pública para ingresar a la misma.
    Para lograr una cabal comprensión de las recomendaciones sugeridas al personal
    dependiente, se recomienda proporcionar información a los trabajadores sobre el uso de
    los EPP, formas de higienizarlos, correcto lavado de manos, correcta desinfección y
    lavado de guantes y celulares, y principales hábitos de higiene a cumplir dentro del hogar.
    CÓMO PROCEDER ANTE CASOS SOSPECHOSOS?

    1. Si presenta sintomatología como (dolor de garganta, tos, fiebre, dificultad para respirar,
      pérdida de olfato, pérdida de gusto, diarrea) debe permanecer en domicilio, consultando a
      su prestador de salud, dando aviso a su lugar de trabajo.
    2. Si ha estado en contacto estrecho (convivientes, familiares y personas que hayan estado en el
      mismo lugar que un caso mientras el caso presentaba síntomas a una distancia menor de
      1 metro y medio durante un tiempo de al menos 15 minutos) o ha compartido espacio sin
      guardar la distancia interpersonal con una persona afectada por el COVID-19, tampoco
      debe acudir a su lugar de trabajo. Consulte a su prestador de salud y siga las indicaciones
      que éste le indique, de acuerdo al numeral 1.
    3. Si es mayor de 65 años o presenta especial susceptibilidad de complicaciones en caso de
      padecer COVID-19, debe reportarlo a su médico de referencia de su prestador de salud
      y/o Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo (SPST) dando aviso de su situación.
      Manejo de situaciones de trabajadores catalogados como “casos sospechosos” y
      “contactos” con Covid-19
    4. Trabajador que tiene síntomas de COVID 19 y se encuentra en su domicilio.
      Debe permanecer en su domicilio, dando aviso a su lugar de trabajo y solicitar consulta
      médica a su domicilio con su prestador de salud, quien evaluará su condición médica y
      certificación. Si se hubiera indicado el test y el mismo fuera negativo, la cuarentena se

    levanta y el trabajador una vez superados los síntomas se reintegrará a su puesto de
    trabajo.
    Si el resultado fuera positivo deberá continuar la cuarentena por el tiempo determinado
    por su médico tratante.

    1. Trabajador al que se le detectan síntomas al momento de ingresar a su lugar de
      trabajo. El trabajador no ingresará al lugar de trabajo y deberá comunicarse
      inmediatamente con su prestador de salud a los efectos de la evaluación de su condición
      médica. Se procede como en el caso anterior.
    2. Trabajador que comienza a padecer síntomas durante la jornada laboral.
      El trabajador que presente síntomas durante el horario de trabajo, debe suspender sus
      tareas de inmediato y retirarse del lugar de trabajo, previa comunicación a su superior, al
      SPST (si existiere), y a su prestador de salud a los efectos de la evaluación de su
      condición médica, procediendo como en los casos anteriores.
    3. Trabajador que tuvo contacto estrecho con una persona confirmada de COVID 19
      fuera de la empresa. Cuando un trabajador haya tenido contacto estrecho con una
      persona confirmada con Covid 19 fuera de la empresa o lugar de trabajo, deberá
      permanecer en su domicilio notificando a la empresa de dicha situación. Deberá solicitar
      consulta con su prestador de salud a los efectos de su valoración. De acuerdo al protocolo
      de actuación deberá guardar Cuarentena con Vigilancia de síntomas y realización de
      Hisopado con PCR al día 7º día o antes si instala síntomas. Si el resultado del test es
      negativo el trabajador se reintegra a trabajar. Si el resultado fuera positivo deberá
      continuar la cuarentena hasta completar 14 días o según indicación de su médico tratante.
    4. Medidas a tomar ante la constatación de un trabajador sospechoso o confirmado
      de COVID 19. Si ante cualquiera de los casos anteriores (trabajador con síntomas o que
      tuvo contacto estrecho con una persona confirmada de COVID 19) se hubiera confirmado
      COVID19, de manera inmediata se deberán tomar las siguientes medidas:
      • Si el contacto estrecho con caso confirmado de COVID 19 se produjo en algún momento
      sin los EPP, los trabajadores que hayan estado expuestos son casos sospechosos, por lo
      que deberán realizar cuarentena con vigilancia de síntomas y seguimiento con su
      prestador de salud, realizándose Hisopado con PCR al día 7º, procediendo según
      numeral 4º.
      • Los trabajadores que presentaran contacto casual con el trabajador confirmado de la
      enfermedad, continuarán trabajando con vigilancia ante la aparición de síntomas y
      autocontrol de temperatura diaria, además de las medidas implementadas en cada centro
      de trabajo al ingreso al mismo.
      En todos los casos:
      Se realizarán pruebas de laboratorio para la detección de infección por SARS-CoV-2,
      siguiendo las pautas establecidas por la autoridad sanitaria, las recomendaciones de su
      SPST y de su Prestador de Salud.
    • Si el resultado de las pruebas es negativo podrá reincorporarse a la actividad laboral.
    • Si el resultado de las pruebas es positivo y la sintomatología no requiere hospitalización,
      se realizará aislamiento domiciliario de 14 días, siguiendo las recomendaciones de su